Auto Supremo AS/0066/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0066/2001

Fecha: 31-Ene-2001

CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, se evidencia que el recurrido, Santos


CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, se evidencia que el recurrido, Santos Huayta Ventura, obtuvo Título Ejecutorial Nro. 25/88 sobre la concesión minera "Copacabana", compuesta de 90 pertenencias, en fecha 23 de agosto de 1988, conforme se acredita en la nota sentada a fs. 39 vlta., con relación al auto de fecha 11 de agosto de 1988, que ordenó la extensión del Título señalado; en cuyo caso, la pretendida demanda de nulidad de la concesión minera citada, resultó efectivamente extemporánea, por cuanto se perfeccionó la legitimidad del Título Ejecutorial expedido de acuerdo a ley en favor del recurrido y contra el que los recurrentes, en acción abierta de oposición por superposición, no observaron y por tanto vulneraron el art. 288 del Código de Minería, que establece el término fatal de seis (6) meses para ocurrir a la vía ordinaria. Se llega a esta conclusión, en mérito a que los recurrentes recién en fecha 19 de noviembre de 1993, presentaron su demanda de fs. 46-47, conforme consta en el cargo de fs. 47, es decir, después de más de cinco (5) años de haberse "perfeccionado" el Título Ejecutorial ya señalado