Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0221/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0221/2001

    Fecha: 02-Oct-2001

    Por lo que no estando justificadas las infracciones acusadas en ninguno de los recursos de


    Por lo que no estando justificadas las infracciones acusadas en ninguno de los recursos de casación, corresponde la aplicación del art. 273 del Código de Procedimiento Civil
    • AUTO SUPREMO No. 221-Social Sucre, 02 de octubre de 2001
    • PARTES: José Antonio Rocha Tarifa c/ Universidad Autónoma "Juan Misael Saracho"
    • RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
    • CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
    • CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por la Universidad demandada aduce que se han
    • Por su parte el actor, acusando la violación al D
    • CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes y de los recursos planteados, se establece que
    • Tampoco resultan atendibles los argumentos relativos a la prescripción de los derechos del demandante por
    • Por lo que no estando justificadas las infracciones acusadas en ninguno de los recursos de
    • Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Regístrese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
    • Dr. Carlos Rocha Orosco
    • Sucre, 02 de octubre de 2001
    • Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca