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Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
Dr. Carlos Tovar Gûtzlaff
Dr. Héctor Sandoval Parada
Sucre 3 de octubre de 2001
Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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- CONSIDERANDO: Que de la revisión de antecedentes, se tiene que el recurso de casación formulado
- Ante la verificación precedente, correspondía a la Corte de alzada negar el recurso planteado en
- Por lo expuesto y ante esta situación, el Supremo Tribunal no tiene otra opción legal
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Se recomienda, al Tribunal de alzada que en lo sucesivo preste mayor cuidado en la
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
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