Auto Supremo AS/0532/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2001

Fecha: 26-Oct-2001

Que el procesado al girar el cheque a sabiendas que su cuenta bancaria estaba clausurada


Que el procesado al girar el cheque a sabiendas que su cuenta bancaria estaba clausurada y no comunicar oportunamente de esta situación al girado, lo ha hecho con el propósito de inducir a engaño a su acreedor; toda vez que el incumplimiento de la obligación no es por insuficiencia de fondos o por haberse girado el cheque como documento de crédito o garantía, sino que el cheque en este caso es un título valor fraudulento que no se adecua a las previsiones del art. 204 del Código Penal. En el presente caso, el elemento intelectual o subjetivo, ha sido pensado, querido y ejecutado, causando error en la disposición patrimonial del sujeto pasivo con el consiguiente perjuicio que ello implica, en provecho suyo