CONSIDERANDO: Contra el auto de vista que anula obrados hasta fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 361-362 interpuesto por Cirilo Yupanqui Machaca, contra el auto de vista de fs. 357, de fecha 11 de diciembre de 2000, pronunciado por la Sala Civil Primera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario seguido por el recurrente contra Emiliano Chuquimia Quisbert, sobre reivindicación, el dictamen del Fiscal General de la República, los antecedentes procesales, y
CONSIDERANDO: Contra el auto de vista que anula obrados hasta fs. 27 en atención a que al haberse citado de evicción a la nombrada entidad estatal, es obligación citar al Ministerio Publico, conforme al art. 127 de la Ley del Ministerio Público, el demandante recurre de casación en el fondo y sin embargo finaliza pidiendo se "anulen" obrados
- AUTO SUPREMO N° 344. Sucre, 15 de noviembre de 2001
- PARTES : Cirilo Yupanqui Machaca c/ Emiliano Chuquimia Quisbert
- RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Contra el auto de vista que anula obrados hasta fs
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, si bien al intervenir en el proceso una entidad estatal de derecho público, como
- En el sub lite, la medida de saneamiento dispuesta por el Tribunal ad quem en
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Primer Relator: Dr
- Segunda Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 15 de noviembre de 2001
- Dr. Rodolfo Chavarría Serrudo
- Secretario de Cámara de Sala Civil.
