POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 310-311, aplicando el inc. 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso deducido con costas
- CONSIDERANDO: Que contra el citado Auto de Vista de fs
- CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art
- Que del examen de los antecedentes y de la prueba contradictoriamente aportada, con relación a
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
