Auto Supremo AS/0569/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2001

Fecha: 10-Nov-2001

POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª., de la Ley de Organización Judicial e inc. 4º) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 212-213 ANULA obrados hasta fs.177 es decir hasta que se practique la notificación a los procesados rebeldes y contumaces a la ley Claudio Sotelo Pompejus y Mauro Da Silva, mediante edicto tanto con la sentencia y Auto Complementario venidos a fs. 166 - 167 vlta. y 185, respectivamente