POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento Fiscal de fs. 370 - 371, en aplicación del numeral 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 364-367, con costas, más la cancelación de 200 días multa, a razón de Bs. 1 por día, que María Velasco Rojas debe hacerlo en el tiempo que dure su condena, más costas a favor del Estado, averiguable en ejecución de sentencia
- PARTES: María Ríos Calderón c/ María Velasco Rojas, estafa y otro
- CONSIDERANDO: Que, de las piezas procesales que informan el expediente, se establece que la Sala
- En efecto, del análisis precedente, se comprueba, que la incriminada hoy recurrente, con argucia, embuste
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
- 1
