Auto Supremo AS/0346/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0346/2001

Fecha: 17-Dic-2001

CONSIDERANDO: La sentencia de primer grado de fs





VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 180-181 por Betzabeth Arnez Cabrera Vda. de Medina, contra el auto de vista de fecha 25 de octubre de 2.000, pronunciado por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, corriente a fs. 175-176, en el proceso ordinario sobre nulidad de documento, reivindicación y entrega de bienes que sigue Cecilia Martha Flores de Revollo en representación de Jacqueline Paz Espinoza, por su hija menor Janneth Jaquelin Medina Paz contra la recurrente, el auto de concesión de fecha 15 de noviembre de 2.000 de fs. 184 vta.; el dictamen de fs. 187 emitido por el Fiscal General de la República de fecha 24 de septiembre de 2.001; los antecedentes que informan el proceso, y

CONSIDERANDO: La sentencia de primer grado de fs. 153-156 de fecha 7 de julio de 2.000 declara probada la demanda de fs. 14-15 e improbada la reconvencional de fs. 26-28, sin costas por ser un proceso doble; disponiendo que en ejecución de sentencia se proceda a la cancelación de la escritura publica No. 392/98 de 22 de diciembre de l.998, protocolizada en la Notaria de Fe Publica N°. 1 de la ciudad de Cobija, y de la Oficina de Registro de Derechos Reales que cursa a fs. 175, Partida 135 del Libro de Propiedades de la Capital y Provincia Nicolás Suárez de 26 de marzo de 1.999. En apelación la Sala Civil de la Corte Superior de Pando, confirma totalmente la sentencia de fs. 153-156. Contra esta Resolución presenta la demandada recurso de casación acusando la infracción de los arts. 193 de la Constitución Política del Estado, 102 y 5 del Código de Familia, solicitando en definitiva se case el auto de vista recurrido