Auto Supremo AS/0347/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2001

Fecha: 18-Dic-2001

Que, la Municipalidad es una entidad de derecho público, que se halla reconocida por el


Que, la Municipalidad es una entidad de derecho público, que se halla reconocida por el art. 200 de la Constitución Política del Estado y actualmente en su Ley de Municipalidades N° 2028 de 28 de octubre de 1999, con capacidad jurídica plena para ser sujeto de derechos y deberes. Si bien la Municipalidad demandada ha actuado como persona de derecho privado al suscribir el contrato de transferencia-compensación, cuya evicción y saneamiento se demanda, su defensa compete no sólo al municipio demandado, sino también al propio Estado, a través de quién lo representa ante la sociedad, consiguientemente esta acción ordinaria debía contar con la intervención del Ministerio Público, conforme se desprende del art. 51-I concordante con el art. 127 ambos del Cód. Pdto. Civ., en la medida que establece el art. 34 de la Ley del Ministerio Público (L.N° 1469), participando con su dictamen antes de pronunciar la resolución de primera instancia, en atención al hecho de no haber indefensión por parte del municipio demandado en la tramitación de la causa, honrando de esta manera lo dispuesto por el art. 35 de la mencionada Ley, como lo ha venido sosteniendo este Tribunal en reiterados Autos Supremos