CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Jaime Ponce Blanco, como Director Distrital de
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Jaime Ponce Blanco, como Director Distrital de GRACO Cochabamba omite cumplir con el requisito previsto por el inc. 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, al no citar en términos claros, concretos y precisos la norma legal que el ad quem hubiese violado o aplicado de manera falsa o errónea en la resolución atacada. En el memorial con el recurso intentado se practican consideraciones que más se asemejan a una expresión de agravios en un recurso de alzada, desvirtuando totalmente la naturaleza del recurso de casación
- AUTO SUPREMO No. 082-C. Tributario Sucre, 13 de marzo de 2001
- PARTES: Germán Marín Rivero c/ Administración Regional de Impuestos Internos
- RELATOR: MINISTRO DR. Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación interpuesto por Jaime Ponce Blanco, como Director Distrital de
- Que el recurso de casación, conforme dispone el art
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 13 de marzo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo. Secretario de Cámara.
