El sujeto pasivo, en la fase administrativa y jurisdiccional no cumplió en presentar la documentación
El sujeto pasivo, en la fase administrativa y jurisdiccional no cumplió en presentar la documentación precisa para la determinación del IRPE, por lo que la administración utilizó datos consignados en gestiones anteriores, empero, sin que éste hecho amerite la aplicación de las disposiciones de los arts. 98, 99 y 100 del Código Tributario, sino más bien el específico a la conducta prevista en el art. 115-2) del mismo cuerpo de leyes
- AUTO SUPREMO No. 087-C. Tributario Sucre, 16 de marzo de 2001
- Administración Regional de Impuestos Internos
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, se establece lo siguiente
- El sujeto pasivo, en la fase administrativa y jurisdiccional no cumplió en presentar la documentación
- Por lo expuesto, los jueces de instancia al declarar improbada la demanda y confirmar la
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 16 de marzo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
