La naturaleza de entidad pública de la entidad coactivada resulta indiscutible tanto por lo dispuesto
La naturaleza de entidad pública de la entidad coactivada resulta indiscutible tanto por lo dispuesto por el D.L. N° 15545 que aprueba la estructura orgánica del Banco del Estado, como por lo dispuesto por el D.S. N° 23935 que dispuso que el Tesoro General de la Nación se subroga las acciones y derechos de dicho banco y asuma personería en todos los procesos judiciales que le conciernan
- AUTO SUPREMO No. 090-C. Social Sucre, 16 de marzo de 2001
- PARTES: Alberto Aparicio Miranda por "FONCOMERCIO" c/ Banco del Estado en Liquidación
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que es obligación del tribunal de casación en relación con los jueces de alzada
- La naturaleza de entidad pública de la entidad coactivada resulta indiscutible tanto por lo dispuesto
- Si bien la Ley N° 1469 del Ministerio Público de 19
- Por lo que tratándose de una infracción que interesa al orden público, con la facultad
- Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 16 de marzo de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
