Auto Supremo AS/0110/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0110/2001

Fecha: 17-May-2001

Al respecto y sobre el fondo del proceso coactivo social incoado por el ex Fondo


Al respecto y sobre el fondo del proceso coactivo social incoado por el ex Fondo Complementario de Seguridad Social de la Policía Nacional, se concluye que, por la naturaleza de los reclamos relativos a irregularidades en los trabajos de remodelación del Hotel París sujetas a contratos específicos, éstos deben dilucidarse ante la jurisdicción civil, sin ingresar a la actividad recaudadora atribuida exclusivamente a las entidades gestoras de la seguridad social, a objeto de perseguir cobros de "cotizaciones, subsidios, recargos, multas, impuestos, tasas y otros recursos, siempre que ellos no fueran cubiertos en el término de 30 días de vencida la mensualidad correspondiente", de conformidad a lo previsto en el art. 32 del Decreto Ley Nro. 10173, de 28 de marzo de 1972