CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs. 294-298, interpuesto por el Cnl. Freddy Zabala Padilla, Presidente de "MUSEPOL", ex Fondo Complementario de Seguridad Social de la Policía Nacional, contra el Auto de Vista de fs. 270, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de La Paz, en el juicio coactivo social seguido por la institución recurrente contra la empresa constructora "GARCIA S.R.L."; los antecedentes del proceso, dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 308, y
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 9, ésta se tramitó conforme a ley, habiendo el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz dictado Resolución a fs. 253, declarando PROBADA la excepción previa de incompetencia y dejando sin efecto el Auto de Solvendo de fs. 10. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista de fs. 270, CONFIRMO la Resolución apelada en todas sus partes, fallo que motivó el recurso de casación que se pasa a analizar
- AUTO SUPREMO No. 110-Coactivo Social Sucre, 17 de mayo de 2001
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes del proceso, se establece que el ex Fondo
- Al respecto y sobre el fondo del proceso coactivo social incoado por el ex Fondo
- Consecuentemente, la pretensión coactiva social del ex Fondo, actual Mutual de Seguros del Policía "MUSEPOL",
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 17 de mayo de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
