CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes del proceso, se establece que el ex Fondo
CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes del proceso, se establece que el ex Fondo Complementario de Seguridad Social de la Policía Nacional, como entidad coactivante, giró en contra del Gerente General de la Empresa Constructora "GARCIA S.R.L." y del Supervisor de Obras, la Nota de Cargo Nro. D.C. 09/93, de fecha 9 de septiembre de 1993, por la suma de $us. 325.707,30, con el argumento de que el ex Instituto Boliviano de Seguridad Social (IBSS), en el punto 2do. de la Resolución Nro. 03-035-93, de fecha 2 septiembre de 1993 (fs. 5-8), había determinado que se gire Nota de Cargo en contra de dichos personeros, en atención a las recomendaciones del Informe de Auditoría Especial Nro. DCF-07-069-93 del Departamento de Control y Fiscalización del IBSS, que determinó irregularidades en los trabajos de remodelación que ejecutaron en el "Hotel París" de propiedad del ex Fondo Complementario
- AUTO SUPREMO No. 110-Coactivo Social Sucre, 17 de mayo de 2001
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes del proceso, se establece que el ex Fondo
- Al respecto y sobre el fondo del proceso coactivo social incoado por el ex Fondo
- Consecuentemente, la pretensión coactiva social del ex Fondo, actual Mutual de Seguros del Policía "MUSEPOL",
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 17 de mayo de 2001
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
