Auto Supremo AS/0152/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2001

Fecha: 23-Jul-2001

Consecuentemente, al estar demostrado a fs


Consecuentemente, al estar demostrado a fs. 46-47 que el actor cobró la integridad de sus beneficios sociales debido a su jubilación emergente de su edad, así como existe la certidumbre de que no le asiste ninguna posibilidad de cumplir mandato sindical alguno, se concluye que el Ad quem, a tiempo de pronunciar el Auto de Vista de fs. 81, obró con sujeción al precepto del art. 158 del Código Procesal del Trabajo y las disposiciones legales que norman la materia, no siendo evidentes las infracciones que el recurso acusa