Auto Supremo AS/0190/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2001

Fecha: 03-Sep-2001

Regístrese y devuélvase


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad prevista en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 219-220, ANULA obrados hasta fs. 161, es decir, al estado en que se notifique a las partes con la providencia de radicatoria. Con responsabilidad que se fija en la suma de Bs. 100.- para cada uno de los Vocales que suscribieron el Auto de Vista de fs. 192-193, a ser descontados por planilla.

Relator: Ministro Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé

Regístrese y devuélvase