Auto Supremo AS/0206/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0206/2001

Fecha: 18-Sep-2001

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma


Por lo expuesto, el Ad quem, en el Auto de Vista recurrido, no incurrió en las infracciones que acusa el recurso de casación de fs. 264-266, ya que con mejor criterio legal que el A quo, compulsó y valoró las pruebas aportadas, correspondiendo en consecuencia aplicar la disposición del art. 273 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad prevista en el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 281, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 264-266, con costas