CONSIDERANDO: Que, los Arts
El Fiscal General de la República extraña la constancia de copias íntegras de la sentencia, copias para acreditar la citación legal de las partes y copia del auto que declara la ejecutoria de la sentencia, por lo que dictamina por el rechazo de la solicitud.
CONSIDERANDO: Que, los Arts. 552, 553 y 555 del Código de Procedimiento Civil prevé que "las sentencias y otras resoluciones judiciales dictadas en país extranjero tendrán en Bolivia la fuerza que establezcan los tratados respectivos", y que "si no existieren tratados con la nación donde se hubieren pronunciado esos fallos judiciales, se les dará la misma fuera que en ella se dieren a los pronunciados en Bolivia" y en caso de no poder aplicarse dichos lineamientos, las resoluciones podrán ser ejecutadas si cumplieren con los siete requisitos señalados en el Art. 555
- CONSIDERANDO: Que, admitido el trámite y dispuesta la notificación de Amanda Sabat Tapia para que
- CONSIDERANDO: Que, los Arts
- La resolución de divorcio pronunciada por la autoridad judicial del Circuito de la ciudad de
- Si bien no existe una constancia expresa de la ejecutoria de la resolución, no estando
- No se tiene conocimiento de incompatibilidad con otra resolución pronunciada por tribunal boliviano
- Que así examinados los antecedentes de la solicitud y estando cumplido el trámite previsto por
- No interviene el Decano Dr
- Regístrese
- irmado:Ricardo Medina Stephens, Secretario de Cámara de Sala Plena
