POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, en
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, en uso de la facultad conferida por el art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial y de acuerdo con el dictamen del señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 247, declara INFUNDADOS los recursos de casación de fs. 239-240 y 242-244
- AUTO SUPREMO No. 027-Social Sucre, 21 de enero de 2002
- PARTES: Rodolfo Isidro Silva Rodríguez c/ "Berthin Amengual y Asociados"
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y los fundamentos de los
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- Por lo expuesto, los jueces de instancia, en sus respectivos fallos, interpretaron y aplicaron correctamente
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, en
- Regístrese, y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- | Sucre, 21 de enero de 2002
- Proveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
