Auto Supremo AS/0033/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0033/2002

Fecha: 29-Ene-2002

Que de la revisión de obrados, se tiene por correcto el sustento jurídico que informa


CONSIDERANDO: Que el recurrente con el recurso de Nulidad o Casación acusa la violación del art. 16 inc. g) de la Ley General del Trabajo, con el argumento de que no se ha considerado la prueba de fs. 13 -Informe del Guardia de Seguridad- según dicha literal, el demandante, habría confesado y admitido haber robado y hurtado bienes de la empresa demandada, justificándose plenamente por este acto su retiro sin el derecho al pago de beneficios sociales.

Que de la revisión de obrados, se tiene por correcto el sustento jurídico que informa el Auto de Vista recurrido con relación al retiro intempestivo del actor de su fuente de trabajo, al no haber sido probada la acusación de robo o hurto que habría cometido el trabajador - demandante; en tal virtud, la literal de fs. 13 resulta irrelevante en el juicio laboral como prueba que respalde su retiro justificado y la pérdida de beneficios sociales