CONSIDERANDO: Que, la previsión normativa contenida en el art
CONSIDERANDO: Que, la previsión normativa contenida en el art. 255-2) del Cód. de Pdto. Civ. abre la competencia del Tribunal Supremo en casación contra Autos de Vista que anularen el proceso, lo que no ocurre en el sub lite, por cuanto la resolución de vista no es anulatoria sino revocatoria
- AUTO SUPREMO N° 309 Sucre, 18 de octubre de 2002
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Compulsa
- CONSIDERANDO; Que, del examen de los antecedentes se infiere que el Juez 5° de Partido
- CONSIDERANDO: Que, la previsión normativa contenida en el art
- Que, evidentemente el Auto de Vista N° 279/02 de 31 de mayo de 2002 no
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 18 de octubre de 2002
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
