Auto Supremo AS/0384/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0384/2002

Fecha: 10-Oct-2002

CONSIDERANDO: De conformidad con el art


CONSIDERANDO: De conformidad con el art. 135 del Código de Procedimiento Penal, la valoración de todos los medios de prueba aportados en un proceso, corresponde a los órganos jurisdiccionales y la infracción de la ley penal, sólo ocurre cuando hay error de hecho o de derecho plenamente comprobados, sea en la calificación de los hechos reconocidos en la sentencia o, en la imposición de la sanción a lo calificado