Que el procesado no conforme con el fallo de segunda instancia recurre de casación con
Que el procesado no conforme con el fallo de segunda instancia recurre de casación con los fundamentos expuestos en el memorial ya mencionado en el exordio, acusa la infracción de los arts. 224, 243 del Código de Procedimiento Penal, 26 de la Constitución Política del Estado, así como el art. 8 inc. 2) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; pide casar el auto recurrido y se lo absuelva de culpa y pena conforme al art. 244 del Código Adjetivo Penal
- CONSIDERANDO: Que a fs
- La Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz, a fs
- Que el procesado no conforme con el fallo de segunda instancia recurre de casación con
- CONSIDERANDO: De conformidad con el art
- Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a las infracciones
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la nación
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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