Auto Supremo AS/0392/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2002

Fecha: 10-Oct-2002

CONSIDERANDO: Que en contra del Auto de Vista mencionado, recurre de casación el procesado Pedro


CONSIDERANDO: Que en contra del Auto de Vista mencionado, recurre de casación el procesado Pedro Paredes Ceron a fs. 407-408, denunciando la violación de los arts. 37, 38 y 40 del Cód. Pen., art. 242-6) del Cód. de Pdto. Pen., e implícitamente pidiendo la nulidad de obrados al no haberse señalado el recinto penitenciario donde debe cumplir la condena impuesta, al señalar como vulnerado el art. 242-8) del mentado Procedimiento. Esta forma confusa, vaga y genérica de casación, resiente el cumplimiento del ritual sagrado establecido por el art. 301 del Código de Procedimiento Penal, que imperativamente exige motivar el recurso en forma razonada, y especificar con claridad el error de hecho o de derecho en que hubieren incurrido los Tribunales de grado, precisando la forma en que debían ser aplicadas las normas acusadas de violadas