CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la nueva normativa penal vigente, el recurso de casación para
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 399 Sucre 15 de octubre de 2002
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Vicente Demetrio Mamani Chambi c/ Vicente Peña Condori,
apropiación indebida y otro.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 542- 544, interpuesto por Vicente Peña Condori, impugnando el auto de vista de fs. 538 de fecha 10 de septiembre de 2002, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Luís Demetrio Mamani Chambi, por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza previstos en los arts. 345 y 346 del Código Penal; los antecedentes y todo cuanto se tuvo que ver, y
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la nueva normativa penal vigente, el recurso de casación para ser admitido no sólo debe cumplir con las formalidades de una nueva demanda de puro derecho, sino que debe ser interpuesto observando los presupuestos y requisitos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
AUTO SUPREMO No 399 Sucre 15 de octubre de 2002
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Vicente Demetrio Mamani Chambi c/ Vicente Peña Condori,
apropiación indebida y otro.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 542- 544, interpuesto por Vicente Peña Condori, impugnando el auto de vista de fs. 538 de fecha 10 de septiembre de 2002, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Luís Demetrio Mamani Chambi, por los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza previstos en los arts. 345 y 346 del Código Penal; los antecedentes y todo cuanto se tuvo que ver, y
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la nueva normativa penal vigente, el recurso de casación para ser admitido no sólo debe cumplir con las formalidades de una nueva demanda de puro derecho, sino que debe ser interpuesto observando los presupuestos y requisitos legales establecidos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la nueva normativa penal vigente, el recurso de casación para
- Que del análisis del recurso en cuestión se evidencia que los presupuestos señalados por los
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
