Que en el presente caso de la revisión de los antecedentes, se evidencia que el
Que en el presente caso de la revisión de los antecedentes, se evidencia que el rechazo del recurso de casación versa sobre la regulación de honorarios profesionales de abogado, en ejecución de sentencia que según lo establece el art. 201 del Cód. Pdto. Civ., estas resoluciones son apeladas sin recurso ulterior, es decir que no son susceptibles del recurso de casación porque solo se tratan de un incidente dentro del proceso principal; a lo que se agrega que las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia podrán ser apeladas sólo en el efecto devolutivo sin recurso ulterior, según prescribe el art. 518 del Código adjetivo civil. En consecuencia la Sala Penal recurrida al haber negado el recurso de casación, ha obrado correctamente sin incurrir en ninguna forma en denegación de justicia ni privación al derecho de defensa
- CONSIDERANDO: Que Luis Roberto López Loayza plantea el recurso de compulsa contra el auto de
- Que según el art
- Que en el presente caso de la revisión de los antecedentes, se evidencia que el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No intervienen los Ministros Dres
- Regístrese y hágase saber
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 1º de noviembre de 2002
- Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.
