CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo fundamentado en la demanda y los antecedentes presentados
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: N° 97/2002 FECHA: 5 de diciembre de 2002
EXP. N° : 19/2002
PROCESO : Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia
PARTES : José Antonio Maldonado Luna
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso extraordinario de revisión de sentencia civil interpuesta por José Antonio Maldonado Luna, representado por Míriam Villagómez Michel contra Bruno Maldonado Luna, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo fundamentado en la demanda y los antecedentes presentados se desprende lo siguiente:
1.- José Antonio Maldonado Luna, mediante memorial de fs. 1157 - 1162, en fecha 28 de enero de 2002, interpone recurso extraordinario de revisión de la sentencia dictada por el Juez de Partido Tercero en lo Civil - Comercial de la ciudad de La Paz, dentro del proceso ordinario que sobre nulidad de documento privado, documento público, nulidad de Partida de Derechos Reales, reivindicación de terrenos y pago de daños y perjuicios, seguido por el recurrente contra Bruno Maldonado Luna
AUTO SUPREMO: N° 97/2002 FECHA: 5 de diciembre de 2002
EXP. N° : 19/2002
PROCESO : Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia
PARTES : José Antonio Maldonado Luna
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso extraordinario de revisión de sentencia civil interpuesta por José Antonio Maldonado Luna, representado por Míriam Villagómez Michel contra Bruno Maldonado Luna, los antecedentes procesales; y
CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo fundamentado en la demanda y los antecedentes presentados se desprende lo siguiente:
1.- José Antonio Maldonado Luna, mediante memorial de fs. 1157 - 1162, en fecha 28 de enero de 2002, interpone recurso extraordinario de revisión de la sentencia dictada por el Juez de Partido Tercero en lo Civil - Comercial de la ciudad de La Paz, dentro del proceso ordinario que sobre nulidad de documento privado, documento público, nulidad de Partida de Derechos Reales, reivindicación de terrenos y pago de daños y perjuicios, seguido por el recurrente contra Bruno Maldonado Luna
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de lo fundamentado en la demanda y los antecedentes presentados
- 2
- CONSIDERANDO: Que el Art
- Tampoco ha hecho uso de la facultad otorgada por el mismo artículo en su segundo
- En consecuencia, el demandante ha equivocado su accionar al interponer directamente el recurso sin presentar
- No intervienen el Decano Kenny Prieto Melgarejo, ni los Ministros Freddy Reynolds Eguía, Jaime Ampuero
- Regístrese
- Secretario de Cámara de Sala Plena
