Auto Supremo AS/0044/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0044/2002

Fecha: 06-Feb-2002

CONSIDERANDO: Que, remitido el proceso en grado de apelación, el ad-quem pronuncia el Auto de


MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García




VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 954-955 por Javier Meneses López, impugnando el Auto de Vista que cursa a fs. 948-950 de fecha 10 de mayo de 2001, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido a instancias de María del Rosario Antelo Chávez y otros, contra el mencionado recurrente y Ricardo Meneses López, por la comisión de los delitos de violación, robo agravado y asesinato, previstos y sancionados por los arts. 308, 332 y 252 del Código Penal; los antecedentes procesales, las disposiciones legales que se dicen infringidas, el requerimiento fiscal de fs. 966-967; y

CONSIDERANDO: Que, remitido el proceso en grado de apelación, el ad-quem pronuncia el Auto de Vista de fs. 948-950, por el que confirma la sentencia de fs. 918-928 vlta., que declara al procesado Javier Meneses López, autor único de los delitos de violación, robo agravado y asesinato, sancionados por los arts. 308, 332 y 252 del Código Penal, condenándole a la pena de privación de libertad de treinta años de presidio sin derecho a indulto, a cumplir en el pabellón de máxima seguridad en la cárcel pública de Palmasola de la ciudad de Santa Cruz, más el pago de daños civiles y costas al Estado; en cuanto, al co-procesado Ricardo Meneses López, se lo declara autor del delito de robo agravado, previsto por los arts. 23 y 332 del Código Penal, condenándole a la pena de privación de libertad de ocho años de reclusión, a cumplir en la cárcel pública de Palmasola de ésa ciudad, más el pago de daños civiles y costas al Estado