POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara IMPROCEDENTE el recurso, con costas. Se regula el honorario de abogado en las suma de Bolivianos Seiscientos que mandará hacer efectivo el Tribunal ad quem
- AUTO SUPREMO N° 90. Sucre, 28 de febrero de 2002
- DISTRITO : La Paz. JUICIO : Ordinario - Nulidad y Reivindicación
- PARTES : Raúl Ballesteros en representación de Jerónimo Parra c/ Magin Zubieta y Nelly Rodríguez
- RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: La resolución de vista confirma la sentencia apelada, la que a su vez, declara
- Contra esta resolución, el demandante recurre de casación sin señalar si lo hace en la
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación en la forma o en el fondo, se halla
- En el sub lite, el recurso no cumple con la carga procesal impuesta a todo
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 28 de febrero de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernandez
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
