POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo en parte con el requerimiento Fiscal de fs. 441-442, en aplicación del numeral 2) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos interpuestos
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad
- Por su parte, Miguel Edwin Carvajal Aquino, en su recurso de casación de fs
- Por su parte, Tolentino Mamani Villca, en su recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: Que, de un análisis cuidadoso de los datos del proceso, se tiene que la
- Siendo Arturo Gregorio Ayca, propietario de la droga y del dinero incautado, los demás procesados
- Que, el fallo dictado por el Tribunal ad-quem es correcto, tanto en la calificación del
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
