CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
VISTOS: El recurso de nulidad de fs. 121-122 interpuesto por Julio Torrico Tejada, en representación de la empresa HILTEX LTDA. contra el Auto de Vista de fs. 110 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio social seguido por Julio Gonzáles López contra la empresa recurrente; los antecedentes del proceso, el dictamen de fs. 131, y
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 3, tramitada que fue, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, a fs. 100 dictó Sentencia declarando PROBADA la demanda. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del indicado Distrito Judicial, a fs. 110 pronunció Auto de Vista CONFIRMANDO totalmente la Sentencia; fallo que motivó el recurso de casación que se analiza
- AUTO SUPREMO No. 092-Social Sucre, 12 de Marzo de 2002
- PARTES: Julio Gonzáles López c/ Empresa HILTEX LTDA
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs
- CONSIDERANDO: Que el recurso argumenta que el actor cometió varias irregularidades en el desempeño de
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y, principalmente, de la demanda
- Que Marcos Kim Lim, Gerente Propietario de la Fábrica HILTEX LTDA
- Reclamó el pago de sus beneficios sociales por cuatro (4) años y un (1) mes
- De esta confesión judicial, inobjetablemente se establece que el actor a partir del mes de
- Es más, la confesión espontánea del actor antes referida, fue corroborada con su carta de
- Por lo expuesto, los fallos del A quo y Ad quem, infringieron las normas acusadas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para formar resolución interviene el Dr
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Sucre, 12 de Marzo de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
