Auto Supremo AS/0134/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2002

Fecha: 17-Abr-2002

CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y recurso planteado, se





VISTOS: El recurso de casación de fs. 91, interpuesto por Jaime Beltrán Cárdenas, contra el Auto de Vista de fs. 89, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social seguido por el recurrente, contra la Caja Nacional de Salud (CNS); los antecedentes del proceso, dictamen del Señor Fiscal de Sala Suprema de fs. 96 y,

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs. 27-28 del expediente repuesto, tramitada que fue, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de La Paz a fs. 57-58, dictó Sentencia declarando PROBADA la demanda e IMPROBADA la excepción de pago, disponiendo reintegrar Bs. 78.914,57 en favor del actor. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista de fs. 89, REVOCANDO la sentencia apelada y declara IMPROBADA la demanda, resolución que motivó el recurso de casación de fs 91-92, acusando que el trabajo fue de manera continua e ininterrumpida por 34 años, 4 meses y 13 días, que el pago por finiquito de fs. 17 no constituyen quinquenios consolidados, existiendo errónea interpretación y mala aplicación de los Decretos Supremos N° 1592 de 1949; N° 7850 de 1996 y N°11478 de 1974, por cuanto ellos se refieren a regular los efectos legales del retiro voluntario, única y exclusivamente

CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales, pruebas aportadas y recurso planteado, se establece que el Auto de Vista impugnado, resuelve con pertinencia y observancia de la normativa aplicable a los extremos de la controversia, en efecto, define con precisión que el actor no tiene derecho al pago del reintegro correspondiente por el primer periodo trabajado, convencimiento arribado en base a los siguientes extremos:

Jaime Beltrán Cárdenas, el actor, prestó servicios en la Caja Nacional de Salud desde el 18 de junio de 1956 hasta el 1 de noviembre de 1990, según acredita de Certificado de fs. 11