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    Auto Supremo AS/0144/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0144/2002

    Fecha: 17-Abr-2002

    Recogiendo toda esta reglamentación, el art


    Recogiendo toda esta reglamentación, el art. 26 de la Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997, concede al Tribunal ad quem la potestad de rechazar recursos de casación contra decisiones pronunciadas en ejecución de sentencia, como es la del sub lite, complementando el art. 262 del Cód. Pdto. Civ., por lo que la improcedencia del recurso en examen esta especificada en el caso 3) de dicho precepto legal, con relación al art. 272-1) del mismo
    • AUTO SUPREMO N° 144. Sucre, 17 de abril de 2002
    • DISTRITO : Santa Cruz. JUICIO : Ordinario - Divorcio
    • PARTES : Willy Enrique Morales Calvimontes c/ Rery Luisa Soruco Valderrama
    • RELATORA : Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
    • CONSIDERANDO: De la revisión de obrados se desprende que el auto de fs
    • Que, el art
    • Recogiendo toda esta reglamentación, el art
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se llama la atención al Tribunal ad quem por no haber rechazado el recurso de
    • Evidenciándose de obrados la denuncia de irregularidades en las que hubieran incurrido tanto el Juez
    • No se regula el honorario de abogado por no haber sido contestado el recurso
    • Relatora: Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Proveído : Sucre, 17 de abril de 2002
    • Dra. Teresa Rosquellas Fernández
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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