Que, de acuerdo a las diligencias de policía judicial y manifestaciones del propio procesado, dicha
CONSIDERANDO.- Que, de la revisión de los antecedentes del proceso, se evidencia que el procesado Mario Solíz Callejas, fue detenido en un vehículo cuando intentaba pasar la Tranca de control de Bulo-Bulo, camino carretero entre los departamentos de Cochabamba y Santa Cruz, transportando en el interior del tanque de combustible 8.050 gramos de cocaína, discretamente dispuestos y camuflados.
Que, de acuerdo a las diligencias de policía judicial y manifestaciones del propio procesado, dicha droga la estaba transportando a la ciudad de Santa Cruz, donde sería entregada a un sujeto denominado el "Choco"
- CONSIDERANDO
- Que, de acuerdo a las diligencias de policía judicial y manifestaciones del propio procesado, dicha
- POR TANTO
- Se mantiene firme y con todo el valor legal la confiscación de la vagoneta marca
- Sin responsabilidad por la casación parcial
- RELATOR: Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Regístrese y devuélvase
- roveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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