POR TANTO : La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de
POR TANTO : La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la intervención del Ministro Dr. Kenny Prieto Melgarejo, de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 71, declara IMPROCEDENTE el recurso de fs. 65-66, con costas
- AUTO SUPREMO N° 51 Fecha: 28 de mayo de 2002
- DISTRITO : Tarija
- Padcaya
- Pago de beneficios sociales
- RELATOR : Ministro: Freddy Reynolds Eguía
- CONSIDERANDO : Que planteada la demanda de fs
- CONSIDERANDO : Que el recurso de casación constituye una demanda nueva de puro derecho, en
- cumplir con lo requisitos formales exigidos por la norma procesal citada supra, por cuyas omisiones
- POR TANTO : La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs500
- MINISTRO RELATOR : Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Regístrese y devuélvase
- Fdo: Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 28 de mayo de 2002
- Proveído: Dr. Víctor L. Sánchez Sea Strio. de Cámara.
