CONSIDERANDO : Que interpuesta la demanda de fs
*******************************************************************************
VISTOS : El recurso de casación de fs. 51-53 interpuesto por la Alcaldía Municipal de La Paz, representada por Jaime Araníbar Castro, contra el auto de vista de 19 de agosto de 1998 de fs. 44 dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de La Paz, en el proceso laboral seguido por María Arnez de Martínez contra el Gobierno Municipal recurrente, sus antecedentes, las leyes acusadas de infrin-gidas, el dictamen del Sr. Fiscal de Sala Suprema de fs. 58 y
CONSIDERANDO : Que interpuesta la demanda de fs. 6 y vta. y luego de haber sido tramitada conforme a ley, el Juez Segundo de Trabajo y S.S. del Distrito Judicial de La Paz pronuncia la sentencia de 8 de noviembre de 1994 de fs. 27 y vta., por la que declara probada la mencionada acción y dispone que la Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz cancele a favor de María Arnez de Martínez el monto de dinero que arroja la liquidación practicada en su parte resolutiva. En grado de apelación, la Corte Superior en su Sala Social y Administrativa confirma en parte el fallo de primer grado, elabora una nueva liquidación y practica un nuevo cómputo del tiempo de servicios de aquella fijándolo en un año, siete meses, veintinueve días. Contra esta decisión el Alcalde de dicha Comuna, representado por Jaime Araníbar Castro, plantea el recurso de casación que se pasa a analizar
- DISTRITO : La Paz
- La Paz
- Pago de beneficios sociales
- RELATOR : Ministro: Freddy Reynolds Eguía
- CONSIDERANDO : Que interpuesta la demanda de fs
- CONSIDERANDO : Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2° del Decreto Ley
- a) Primer Contrato de 1° de noviembre de 1992 con vigencia hasta el 30 de
- c) Tercer Contrato que rigió desde el 1° de noviembre de 1993 hasta el 31
- De lo anterior se infiere que la actora y la entidad edilicia demandada suscribieron más
- POR TANTO : La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excelentísima Corte Suprema de
- MINISTRO RELATOR : Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Regístrese y devuélvase
- Fdo: Dr. Freddy Reynolds Eguía
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Sucre, 29 de mayo de 2002
- Proveído: Dr. Víctor L. Sánchez Sea Strio. de Cámara.
