Consecuentemente, el recurrente, al no elaborar razonamiento legal alguno valedero sobre algún supuesto equívoco del
Consecuentemente, el recurrente, al no elaborar razonamiento legal alguno valedero sobre algún supuesto equívoco del tribunal de apelación, incumplió los requisitos exigidos por el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, correspondiendo, en consecuencia, aplicar la disposición contenida en el art. 272-2) del mismo cuerpo legal, aplicable con la facultad remisiva del art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO No. 184-Social Sucre, 17 de mayo de 2002
- PARTES: Richard Anguz Quiroz c/ Empresa Tecnología y Diseño S.R.L
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que el recurrente pese a estar legalmente notificado con el Auto de Vista de
- Consecuentemente, el recurrente, al no elaborar razonamiento legal alguno valedero sobre algún supuesto equívoco del
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 17 de mayo de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
