En el sub-lite, el recurso de nulidad o casación de fs
En el sub-lite, el recurso de nulidad o casación de fs. 231 y vlta., no cumple con los requisitos exigidos por la disposición legal antes citada; por cuanto no indica en que consiste el quebrantamiento o inobservancia de la ley procesal y la violación de la ley sustantiva, sino que se limita a señalar sobre la presunción de inocencia y que la carga de la prueba recae sobre la parte acusadora; para finalizar, pide el recurrente se anulen obrados o se case el Auto de Vista recurrido, sin tomar en cuenta que unas son las causales de nulidad previstas en el art. 297 del Código de Procedimiento Penal y otras las de casación señaladas en el art. 298 del mismo Código; a lo expuesto se debe agregar que el recurso de nulidad o casación es un medio de impugnación que se equipara a una demanda nueva de puro derecho, mediante el cual se restablece el imperio de la ley, cuando se demuestra y patentiza con prueba y razonamientos fundados que los jueces de grado incurrieron en error de hecho o de derecho al tramitar y dictar sus respectivos fallos. De ahí que el recurso planteado deviene en improcedente
- CONSIDERANDO: Que, el Juez Primero de Partido en lo Penal de la ciudad de Oruro,
- Que, del anterior fallo recurre de nulidad o casación Constancio Quispe Quisbert a fs
- CONSIDERANDO: Que, según dispone el art
- En el sub-lite, el recurso de nulidad o casación de fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara.
