POR TANTO: La Sala Plena de la Excma
POR TANTO: La Sala Plena de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en aplicación de lo previsto por la citada norma legal, da por no presentada la demanda de fs. 306 - 331
- PARTES: Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial c/Empresa Petrolera Chaco dentro del proceso contencioso
- CONSIDERANDO: Que, mediante Auto Supremo N° 46/2002 de 18 de mayo de 2002, se declaró
- Que, el Art
- POR TANTO: La Sala Plena de la Excma
- No intervienen los Ministros Freddy Reynolds Eguía por estar con licencia y Emilse Ardaya Gutiérrez
- Regístrese y archívese
- Secretario de Cámara de Sala Plena
