No encontrándose debidamente justificadas las violaciones acusadas en el recurso, corresponde aplicar el art
No encontrándose debidamente justificadas las violaciones acusadas en el recurso, corresponde aplicar el art. 273 del Código de Procedimiento Civil, en observancia de la norma remisiva prevista en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO No. 195-Social Sucre, 03 de Junio de 2002
- PARTES: Carlos Morales Roca c/ Asociación Nacional de Industrias Textiles (ANIT)
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que el recurso aduce que el Auto de Vista es lesivo a los intereses
- Del examen de los antecedentes del proceso se establece de manera incontrovertible que desde que
- No encontrándose debidamente justificadas las violaciones acusadas en el recurso, corresponde aplicar el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 03 de Junio de 2002
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
