CONSIDERANDO: Que, el recurso de nulidad o casación conforme la doctrina y la jurisprudencia reiterada
CONSIDERANDO: Que, el recurso de nulidad o casación conforme la doctrina y la jurisprudencia reiterada por este Tribunal, se asemeja a una demanda nueva de puro derecho, por ello es que tanto el art. 301 del Código de Procedimiento Penal como el 258-2) del Código de Procedimiento Civil, respectivamente, disponen en forma imperativa como obligación procesal que debe observar el recurrente, de especificar los motivos en que funde su impugnación, con cita de la ley o leyes procesales cuya inobservancia se acuse, o de las leyes sustantivas o de fondo cuya violación se invoque, por uno u otro motivo, indicando asimismo, en qué consiste el quebrantamiento de las unas y la violación de las otras, requisitos sin los cuales hacen el recurso inatendible
- uso de instrumento falsificado y estelionato
- CONSIDERANDO: Que, el Auto de Vista de fs
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de nulidad o casación conforme la doctrina y la jurisprudencia reiterada
- Que, el recurso interpuesto a fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.-Secretario de Cámara.
