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    Auto Supremo AS/0056/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0056/2002

    Fecha: 15-Jul-2002

    Que, en el caso de autos el conflicto surge cuando el Juzgado Primero de Partido


    Que, en el caso de autos el conflicto surge cuando el Juzgado Primero de Partido de Familia de Santa Cruz requiere a su similar de la ciudad de Trinidad se inhiba del conocimiento de la causa y le remita obrados para su acumulación, negándose el Juez de Trinidad por considerarse competente, razón por la que remite obrados a conocimiento de la Excma. Corte Suprema para que dirima el conflicto de competencia
    • Eduardo Ledezma
    • CONSIDERANDO: Que, en el Juzgado Primero de Partido de Familia de la ciudad de Santa
    • CONSIDERANDO: Que, se suscita conflicto de competencia cuando dos juzgados o tribunales de igual o
    • Que, en el caso de autos el conflicto surge cuando el Juzgado Primero de Partido
    • POR TANTO: La Sala Plena de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese
    • 1

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