CONSIDERANDO: Que el recurso de casación está abierto contra resoluciones taxativamente señaladas en el art
CONSIDERANDO: Que el recurso de casación está abierto contra resoluciones taxativamente señaladas en el art. 255 del Cód. de Pdto. Civ. En la especie, el recurso centra su atención al monto de asistencia familiar obligación que por su naturaleza es revisable en cualquier tiempo de acuerdo a las circunstancias que ameritan su procedencia y cuantificación, por lo que, lo dispuesto sobre ella solamente causa estado y no ejecutoria y firmeza, tal como se obtiene de los arts. 21,28,145 y148 del Cód. de Flia., con relación a la Ley N° 1760 de 28 de febrero de 1997
- DISTRITO : Tarija JUICIO : Ordinario - Divorcio
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Romualdo Guerrero Rojas en folios 337-338 contra el
- CONSIDERANDO: Que el recurso de casación está abierto contra resoluciones taxativamente señaladas en el art
- Que cuando la resolución resulta irrecurrible, el tribunal puede negarse a examinar el recurso y
- Se regula en la suma de quinientos bolivianos el honorario de abogado, cuyo pago dispondrá
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 13 de julio de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
