Finalmente, respecto a la alternativa planteada por el compulsante, quien simultáneamente interpone recurso indirecto incidental
Finalmente, respecto a la alternativa planteada por el compulsante, quien simultáneamente interpone recurso indirecto incidental de inconstitucionalidad, cabe señalar que dicho recurso se rige tanto en su procedencia cuanto en su contenido por los arts. 59 y siguientes de la Ley N° 1836, por lo que de ninguna manera puede ser planteado por vía de recurso de compulsa, denominado también recurso de hecho, que tiene la misión de reexaminar la denegatoria de la apelación o de la casación
- DISTRITO : Cochabamba JUICIO : Compulsa
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, en representación legal de Javier Alfonso Rodríguez, a través del memorial de fojas
- CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación fue interpuesto contra una resolución pronunciada en ejecución de
- Que en el caso presente, se advierte con meridiana claridad que el recurso de casación
- Así viene aplicando la constante y uniforme jurisprudencia nacional pronunciada por el Supremo Tribunal, en
- Finalmente, respecto a la alternativa planteada por el compulsante, quien simultáneamente interpone recurso indirecto incidental
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 25 de julio de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
