Auto Supremo AS/0248/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0248/2002

Fecha: 15-Jul-2002

No estando demostradas las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por


Asimismo, estando plenamente acreditado que al encontrarse la actora en estado de embarazo y, consiguientemente protegida por los alcances de la Ley 975, antes de su retiro, no existe justificación alguna para considerar el argumento relativo a la no aplicación de ésta norma, sostenido en el recurso.

No estando demostradas las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso en la forma prevista por el art. 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en virtud de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo