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2.- El pago de indemnización ha sido determinada por la comprobación en el proceso de la existencia de un accidente de trabajo, este derecho reconocido no se halla relacionado a las causas o hechos producidos a momento de la desvinculación, motivo por el cual no es pertinente la aplicación el art. 13 de la Ley General de Trabajo
- AUTO SUPREMO No. 259-Social Sucre, 17 de Julio de 2002
- PARTES: Antonio Coronel Huanca c/ Walter Illanes Vera
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO.- Que del examen de antecedentes procesales y pruebas aportadas, se evidencia lo siguiente
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 17 de julio de 2002
- roveído. Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
