Auto Supremo AS/0290/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0290/2002

Fecha: 07-Ago-2002

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs





VISTOS: El recurso interpuesto a fs. 161-163 por Erika Cavero Romero, contra el Auto de Vista de fs. 156-157, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social seguido por la recurrente contra la Cámara Departamental de Industria; los antecedentes del proceso, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda social de fs. 8-10, tramitada que fue, el Juez 1º del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba a fs. 129-130, dictó Sentencia declarando PROBADA en parte la demanda. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció el Auto de Vista de fs. 156-157, REVOCANDO la sentencia apelada y declarando IMPROBADA la demanda, resolución que motivó el recurso de casación que acusa la violación de la Ley 975 de 2 de mayo de 1988 y Decreto Supremo 22739 de 1º de marzo de 1991, arts. 4 y 13 de la Ley General del Trabajo, Ley 1250 y art. 162 de la Constitución Política del Estado