CONSIDERANDO: Que de la revisión y estudio de los actuados procesales se evidencia que el
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Ministerio Público c/ Vladimir Vaca Hurtado y Yessie Rodríguez Ramírez
Transporte de sustancias controladas
Distrito: La Paz
AUTO SUPREMO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 134 interpuesto por Fernando Mita Barrientos, Fiscal de Materia, impugnando el A.V. Nº 23/02 de 14 de junio de 2002 de fs. 123-124 y vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente contra Vladimir Vaca Hurtado y Yessie Rodríguez Ramirez por la comisión de los delitos de transporte y complicidad de sustancias controladas, previstos y sancionados por los arts. 55 y 76 de la L. Nº 1008 de 19 de julio de 1988, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO: Que para la procedencia del recurso de casación, es menester cumplir con los requisitos prescritos por los arts. 416 y 417 de la L. Nº 1970, debiendo el recurrente precisar y puntualizar la situación de hecho similar que contradiga al auto de vista impugnado, citando la fuente del precedente y acompañando copia del recurso de apelación restringida; igualmente, al interponer el recurso de alzada, indefectiblemente, debe invocar el precedente contradictorio contenido en algún auto de vista dictado por otras Cortes Superiores de Distrito o auto supremo pronunciado por la Sala Penal de la Corte Suprema.
CONSIDERANDO: Que de la revisión y estudio de los actuados procesales se evidencia que el recurrente planteó el recurso de apelación restringida de fs. 106-107 dentro el plazo legal, invocando el precedente contradictorio respaldado en el A.S. Nº 16 de 9 de enero de 2001 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema; por otra parte, en el recurso de casación precisa el hecho similar contradictorio contenido en el auto de vista impugnado y el auto supremo citado; finalmente, acompaña copia del recurso de apelación restringida, de manera que, el recurrente cumplió con los requisitos exigidos para la admisión del recurso de casación
- CONSIDERANDO: Que del análisis de los actuados procesales se evidencia que: en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
- Devuélvase actuados al tribunal de alzada
- Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. Carlos Tovar Gützlaff
- Dr. Héctor Sandoval Parada
- Sucre, 3 de septiembre de 2002
- Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
- CONSIDERANDO: Que de la revisión y estudio de los actuados procesales se evidencia que el
- Hágase saber y cúmplase
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